abril 23, 2025

¿Es deducible la pensión vitalicia pagada por una SL a sus administradores tras su jubilación?

Persona mayor con pensión vitalicia deducible.

Cuando una empresa reconoce una pensión vitalicia a sus administradores tras alcanzar estos la edad de jubilación, surge una duda habitual: ¿pueden deducirse fiscalmente estos pagos en el Impuesto sobre Sociedades?

¿Qué dice Hacienda?

La situación planteada es sencilla: una sociedad limitada modifica sus estatutos para establecer una pensión vitalicia a favor de los administradores jubilados que hayan desempeñado su cargo durante al menos cinco años.

Esta pensión se determina por la Junta General.

Según la consulta, estos pagos realizados al administrador jubilado tienen consideración de retribución adicional generada por su jubilación.

Por tanto, cubren contingencias muy similares a las de los planes de pensiones.

¿Qué significa esto fiscalmente?

Que el gasto derivado de esta pensión será deducible en el Impuesto sobre Sociedades, pero atención: solo en el ejercicio fiscal en que realmente se abone al administrador.

No se admiten deducciones por provisiones o reservas internas para afrontar pagos futuros.

En resumen, las sociedades pueden deducir estos pagos de sus resultados fiscales, siempre que cumplan las formalidades contables y documentales exigidas y que los abonos se realicen efectivamente en cada periodo impositivo.

Un dato interesante para empresas que buscan premiar la fidelidad y compromiso de sus administradores con una jubilación complementaria, aprovechando además las ventajas fiscales reconocidas por la normativa vigente.

¿Tienes dudas sobre como aplicar esta deducción?

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